lunes, 9 de abril de 2012

¿Dónde registrar libros de contabilidad si el Decreto Antitrámites dijo que no sería en las Cámaras?

La modificación que el Decreto Antitrámites 019 de enero de 2012 le efectuó al Artículo 28 del Código de Comercio, ha formado un limbo jurídico con el cual los comerciantes no saben quién les tiene que seguir registrando sus libros de contabilidad en papel, los cuales contrario a lo que digan las Cámaras, si pueden seguir existiendo para los que así lo deseen. Se requiere que la Superitendencia de Industria y Comercio resuelva pronto este asunto

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